martes, 4 de junio de 2019

"Ataques a las vías de comunicación y violación de correspondencia".


"Ataques a las vías de comunicación y violación de correspondencia".


En el artículo siguiente se abordará el tema sobre los ataques a las vías de comunicación y violación de correspondencia, como vías de comunicación se refiere a la red de telecomunicaciones, empleada en el servicio telefónico o radiocomunicación, alámbricas, inalámbricas o de fibra óptica que transfieran señales de audio de video o de datos, y como violación de correspondencia nos referimos que son aquellas conductas delictivas que implican un apoderamiento de papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualquier otro documento, así como la intercepción de comunicación, con la intención del sujeto que realiza esta acción descubra lo que dicha información con lleva o vulnera la intimidad del otro no siendo necesario que a este le sea posible recibir dicha información.
Según los datos estadísticos en el país, los ministerios públicos federales han iniciado 110 averiguaciones, y el primer estado que aparece en esta lista es Sonora con 38 carpetas de investigación por el delito de ataques a las vías de comunicación y violación de correspondencia en lo que va del año, también en esta lista aparecen el estado de Querétaro, Colima y el estado de México. Como podemos observar este delito se ha dado en varias ocasiones en nuestro país y realmente se denuncia, pero muchos de estos casos queda al aire, no se continúan como debería ser, ya que la mayoría de las personas que cometen dicho delito son autoridades públicas, porque se han dado los casos de filtración de datos y violación de correspondencia para que dicha información no le llegue a una persona o a la sociedad, muchas veces no le conviene que esa información salga a la luz, incluso ellos mismos pueden llegar a manipular los datos que se encuentra en las vías de comunicación inalámbrica o de fibra óptica ya que son más fáciles de robar este tipo de información o datos porque no tienen cierta seguridad.  

En los artículos 166 bis y 168 bis del Código Penal Federal, está fundamentada la sanción que con lleva dichos delitos. Al parecer puede llegar a resultar eficiente ya que tiene sanciones rigurosas y como se puede observar no son muchos casos y pocos los estados en donde se ha realizado este tipo de delito con frecuencia.


11 comentarios:

  1. Información muy interesante e importante. Sobre todo porque cualquiera puede ser víctima de este delito. El artículo sirve para denotar la importancia del cuidado de nuestra privacidad y ser consciente de que en las redes sociales y medios de comunicación cualquier puede sufrir este delito.

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  2. Muy buena información y útil para informar a los usuarios de los nuevos delitos cometidos en el mundo cibernético

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  3. Excelente información, sera de mucha utilidad para los lectores

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  4. Muy buena información nos habla sobre los ataques vias de comunicación es importante este artículo para saber los datos que corresponde.

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  5. Muy buena información nos habla sobre los ataques vias de comunicación es importante este artículo para saber los datos que corresponde.

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  6. una información muy interesante pero hay que mencionar la manera de como podemos cuidar cada una de nuestras comunicaciones y así no tener problema alguno al momento de utilizarlas.

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  7. Grandiosa su información, menciona datos que desconocía hasta el momento y despertaron mucho de mi interés, gracias.

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  8. Interesante artículo, brinda buena información para tener en cuenta que existen este tipo de situaciones y para estar alerta sobre ello

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  9. Exelente artículo, nos sirve para conocer la manera en que se dan los delitos alas vías de comunicación y de las leyes que castigan este delito

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  10. Me parece muy interesante. Muy bien planteado el artículo, por cierto.

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